Deberán darse de alta en el ROI aquellos empresarios o profesionales que realicen actividades intracomunitarias sujetas al pago de IVA, o sean destinatarios de servicios prestados por empresas de otros países de la UE. Una vez aceptada tu solicitud para darte de alta en el ROI, aparecerás en el VIES. El VIES se trata de un registro de los operadores intracomunitarios disponible para consulta en la Sede Electrónica de la AEAT (apartado de “Información y registro”).
Para poder desarrollar operaciones dentro de la Unión Europea, deberás poseer el NIF-IVA y darte de alta en el registro de operadores intracomunitarios.
Toda operación de compraventa entre empresas y profesionales de diferentes Estados que formen parte de la Unión Europea se considera una operación intracomunitaria. Dichas compras y ventas están sometidas a un sistema especial de tributación del IVA. Para poder acogerte a las ventajas de tributar por dicho régimen, deberás darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). Ventajas como expedir y recibir facturas sin IVA en el ámbito intracomunitario, siendo una ventaja competitiva.
En Asisteme te podemos asesorar para darte de alta en el ROI y presentar el Modelo 349 de Declaraciones recapitulativa de operaciones intracomunitarias de manera mensual, trimestral o anual, según corresponda.